Partido Comunista de Cuba, partido único de la Revolución Socialista (III)

Texto y foto Lázaro David Najarro Pujol

Camagüey, Cuba, 24 agos.- El Proyecto de Nueva Constitución de la Republica de Cuba, modifica la afiliación a la no admisión de la doble ciudadanía y en su lugar, plantea «acogernos al principio de ciudadanía afectiva, que consiste en que los ciudadanos cubanos, en el territorio nacional, se rigen por esa condición, en los términos establecidos en la ley y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera».

Igualmente la nueva ley de ley concentra los derechos y deberes dispersos en la actual Constitución, y se incorporaron otros que fortalecen el régimen de garantías a los ciudadanos y el deber de actuación del Estado.

Una parte, patentiza, corresponde a derechos reconocidos en los diferentes convenios y protocolos internacionales de derechos humanos que Cuba ha ratificado.

La propuesta de carta magna resalta que toda persona en condición de trabajar tiene derecho a obtener un empleo digno, en correspondencia con su elección, calificación, aptitud y exigencia de la economía y la sociedad. Igual salario por trabajo de igual valor.

No falta la prohibición del trabajo de las niñas, niños y adolescentes y su excepcionalidad.

Reconoce el derecho de las personas a una vivienda digna, El Estado trabaja por crea las condiciones para hacer efectivo ese derecho mediante programas de construcción de viviendas, La ley va definir as formas de pago y otros aspectos.

El proyecto de Constitución a consulta popular, señala que la Asamblea Nacional continúa como el órgano supremo de poder del Estado.

En tanto, el Consejo de Estado mantiene su carácter de órgano que representa a la Asamblea Nacional entre periodo y período de sus sesiones, aunque con mayor interacción con esta, entre otros aspectos, porque se propone que el Presidente, Vicepresidente y el Secretario  de ambas instituciones, sean las mismas personas.

Es propuesta que el Consejo de Ministro continué como máximo órgano ejecutivo y administrativo, con modificaciones en su integración y funciones.

Se incorporan las figuras del Presidente -Jefe de Estado- y el Vicepresidente de la Republica y a del Primer Ministro a cargo del Gobierno de la Republica.

El Proyecto de Constitución incorpora desde el Preámbulo el ideario de Fidel Castro Ruz, líder histórico de la Revolución cubana.

Cuba vive un momento significativo de su historia: la actual Constitución de la República será amplio y trascendental.

 

 



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